Diferencias entre un despido procedente e improcedente
En la vida laboral de cualquier trabajador es necesario conocer los tipos de despidos que existen, sus causas y la diferencia entre un despido procedente e improcedente. Así que hoy queremos ayudarte a diferenciarlos.
¿Qué es el despido procedente?
El despido procedente, es aquel que se aplica a un trabajador cuando, ya sea por causas derivadas del propio empleado o por causas de la empresa, hay un motivo justificado para proceder a la desvinculación de ese empleado con la empresa. Este despido procedente puede ser un despido disciplinario, por ejemplo, ya sea porque el empleado no cumpla con sus horarios de trabajo, no rinda lo debido o simplemente no tenga las capacidades que se estimaban que correspondían a su función, todo ello siempre pudiendo demostrar dichas causas y siendo las mismas válidas conforme a la legislación.
No sería procedente, por ejemplo, un despido de un trabajador que se ausenta de su trabajo dos días por ser detenido por la policía y estar en comisaría y posteriormente en el juzgado, y ha avisado de tal circunstancia en el trabajo, puesto que esta ausencia, aunque no sea algo imputable en ningún caso a la empresa, quizás tampoco al trabajador, y es un motivo justificado y reconocido por la legislación para ausentarse de su trabajo.
¿Qué es el despido improcedente?
El despido improcedente es aquel que se aplica bien cuando no se tienen motivos justificados para despedir al empleado, bien porque aun teniéndolos, no se pueden demostrar o se intentan demostrar y alegar, pero no se argumentan o justifican debidamente. Es el cajón de sastre de los despidos y tanto las empresas, como los tribunales, cuando no pueden aplicar ninguno de los otros tipos de despido, quedan relegados a aplicar el despido improcedente.
¿Cuál es la diferencia referente a la indemnización a abonar?
Una de las grandes diferencias entre un despido procedente e improcedente es la indemnización que corresponde al trabajador producto del despido.
En el caso del despido improcedente, en todo caso corresponde indemnización para el trabajador, que será, salvo que tenga alguno de los contratos especiales de incentivación al empleo que modificaban esta circunstancia, de 33 días por año de servicio prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de 24 mensualidades
En cambio, en el caso del despido procedente, el trabajador no tendrá derecho a cobrar indemnización por despido. También tendrá derecho, como no podría ser de otro modo, al abono del finiquito. Este incluye salarios, horas extraordinarias, vacaciones y otros conceptos debidos por la empresa.
Cada tipo de despido lleva asociadas unas consecuencias tanto para el trabajador como para la empresa, y en cada caso es necesario contar con el mejor asesoramiento de abogados laborales. Si te encuentras en esta situación, y no tienes claras la diferencia entre un despido procedente e improcedente, no dudes en contactarnos para ayudarte en todo lo relativo a tu caso particular.